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Calculadora de Vacaciones 2026 (México)

Ingresa tu fecha de ingreso y descubre cuántos días de vacaciones te corresponden por ley este año, cuántos llevas devengados hoy y cuándo subirás de días, conforme al Art. 76 de la Ley Federal del Trabajo.

Metodología de esta calculadora revisada por Lic. Edgar CuéllarAbogado laboralista, +30 años en legislación laboral mexicana. Conoce a nuestro equipo.

Datos vigentes 2026 (LFT Art. 76, reforma "vacaciones dignas" DOF 27-dic-2022) · Fuente: Ley Federal del Trabajo · Última revisión: 5 de julio de 2026

Ejemplo: 3 años de antigüedad

Un trabajador que ingresó el 1 de julio de 2023 cumple 3 años el 1 de julio de 2026 y comienza su año 4 de servicio, por lo que este año le corresponden 18 días de vacaciones. En su siguiente aniversario (2027-07-01) subirá a 20 días.

Tabla de vacaciones por antigüedad — Art. 76 LFT (2026)
Años de servicioDías de vacaciones
1 año12
2 años14
3 años16
4 años18
5 años20
6 a 10 años22
11 a 15 años24
16 a 20 años26
21 a 25 años28
26 a 30 años30
31 a 35 años32

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me tocan en 2026?
Depende de tu antigüedad: 12 días hábiles en tu primer año de trabajo, y aumentan 2 días por cada año hasta llegar a 20 en el quinto. A partir del sexto año aumentan 2 días por cada 5 años de servicio (Art. 76 LFT).
¿Qué es la reforma de vacaciones dignas?
Es la reforma al Art. 76 de la LFT vigente desde el 1 de enero de 2023, que subió las vacaciones mínimas de 6 a 12 días desde el primer año. Aplica a todos los trabajadores del apartado A: de planta, por obra o por temporada.
¿Las vacaciones se pagan con salario normal?
Sí: los días de vacaciones se pagan con tu salario ordinario y, además, tienes derecho a una prima vacacional de al menos el 25% de esos salarios (Art. 80 LFT).
¿Puedo acumular mis vacaciones si no las tomo?
Debes disfrutarlas dentro de los 6 meses siguientes a cumplir tu año de servicio. El derecho a reclamarlas prescribe en 1 año contado desde que son exigibles; no es legal que el patrón te las pague en lugar de dártelas (Art. 79 LFT), salvo la parte proporcional al terminar la relación laboral.
¿Cuántos días me tocan si tengo menos de un año trabajando?
Al terminar la relación laboral (o para planear), la parte proporcional se calcula sobre los 12 días del primer año según el tiempo trabajado. Nuestra calculadora te muestra los días devengados a la fecha exacta de hoy.

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Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría legal. El cálculo oficial corresponde a la autoridad laboral; para tu caso concreto acude a la PROFEDET (gratuita) o a un abogado laboralista.