Calculadora de Finiquito y Liquidación 2026 (México)
Calcula lo que te corresponde por ley al dejar tu trabajo — renuncia, despido o rescisión — con cada concepto desglosado, los 20 días por año aplicados solo cuando legalmente proceden, y el ISR real con su exención de 90 UMA. Sin registro, pensada para el trabajador.
Metodología de esta calculadora revisada por Lic. Edgar Cuéllar — Abogado laboralista, +30 años en legislación laboral mexicana. Conoce a nuestro equipo.
Datos vigentes 2026 (UMA $117.31, SM $315.04/$440.87, tarifa ISR Anexo 8 RMF) · Fuente: LFT Arts. 48-51, 76, 79-80, 87, 162, 485-486; LISR Arts. 93, 95 · Última revisión: 5 de julio de 2026
| Concepto | Renuncia | Despido injustificado | Rescisión Art. 51 |
|---|---|---|---|
| Aguinaldo, vacaciones y prima proporcionales | Sí | Sí | Sí |
| Indemnización de 3 meses (SDI) | No | Sí | Sí |
| 20 días por año (Art. 50) | No | Solo si pediste reinstalación y fue negada | Sí |
| Prima de antigüedad (12 días/año) | Solo con 15+ años | Sí | Sí |
Ejemplo: despido injustificado con $15,000 y 6.5 años
Con salario diario integrado de $524.65: la indemnización de 3 meses es $47,218.50, la prima de antigüedad $38,959.20, más $10,500.43 de proporcionales: $96,678.13 brutos. Tras el ISR (con la exención de 90 UMA × 6 años), el neto aproximado es $94,221.34. Los 20 días por año NO aplican aquí porque no hubo negativa de reinstalación.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
- El finiquito son las partes proporcionales que te deben SIEMPRE al terminar la relación laboral (aguinaldo, vacaciones y prima pendientes), sin importar el motivo. La liquidación agrega las indemnizaciones que solo proceden cuando el patrón es responsable de la salida: 3 meses de salario integrado y, en su caso, 20 días por año.
- ¿Cuándo me tocan los 20 días por año?
- Solo en dos casos (Art. 50 LFT): cuando tú rescindes el contrato por causas imputables al patrón (Art. 51: no te paga, te agrede, reduce tu salario…) o cuando en un juicio pediste reinstalación y el patrón se negó o está eximido. NO forman parte automática de todo despido, aunque muchas calculadoras los suman mal.
- ¿Qué es la prima de antigüedad y cuándo se paga?
- Son 12 días de salario por cada año de servicios, con el salario topado a 2 veces el mínimo (Arts. 162 y 485-486 LFT). Se paga en todo despido (justificado o no) y en muerte del trabajador; si renuncias, solo con 15 o más años de antigüedad.
- ¿La liquidación paga ISR en 2026?
- Las indemnizaciones están exentas hasta 90 UMA por cada año de servicio ($10,557.90 por año; las fracciones de más de 6 meses cuentan como año completo). El excedente paga ISR a la tasa efectiva de tu último sueldo mensual ordinario (LISR Arts. 93 XIII y 95) — no a la tarifa normal, un error común que infla la retención.
- ¿Qué hago si no estoy de acuerdo con lo que me ofrecen?
- No firmes renuncia ni recibos en blanco. Acude gratis a la PROFEDET (800 911 7877) o inicia el proceso en el Centro de Conciliación Laboral de tu estado; tienes 1 año desde la salida para reclamar (2 meses para impugnar un despido). El desglose de esta calculadora te sirve para comparar concepto por concepto.
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Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoría legal. El cálculo oficial corresponde a la autoridad laboral; para tu caso concreto acude a la PROFEDET (gratuita) o a un abogado laboralista.